Tipos de Visa para EEUU
El tipo de visa que usted requiere es generalmente determinado de acuerdo a la razón principal de su viaje.
Si, como en la mayoría de los casos de nuestros solicitantes, usted desea viajar a los Estados Unidos principalmente por razones de placer (específicamente como turista) o por razones de negocios, probablemente la visa que usted necesita es del tipo B-1/B-2.
¿Qué es una visa del tipo B-1/B-2?
Una visa del tipo B-1/B-2 es la visa de no-inmigrante solicitada más frecuentemente. Es para las personas que deseen visitar los Estados Unidos temporalmente por negocios o por placer. Algunas de las actividades permitidas con una visa del tipo B-1/B-2 son:
- Ir de vacaciones
- Visitar a miembros de la familia
- Asistir a una reunión de negocios
- Participar en un entrenamiento laboral
- Recibir un tratamiento medico
- Hacer una investigación independiente
- Hacer trabajo misionario
Si la razón principal de su viaje a los Estados Unidos es por estudios, probablemente necesita una visa del tipo F.
¿Qué es una visa F-1?
Una visa F-1 se le otorga a los solicitantes cuya razón primordial de viaje a los Estados Unidos sea el de tomar un curso educativo en un programa académico. Si usted está planeando viajar a los Estados Unidos primordialmente para hacer turismo pero también desearía estudiar, usted lo podría hacer utilizando una visa B-1/B-2 visa. Sin embargo, si la razón principal de su viaje es la de estudiar, deberá solicitar una visa de estudiante.
Si la razón principal de su viaje a los Estados Unidos es por un programa de intercambio (p. ej. el programa Fulbright, au pair, trabajo y estudios de verano), probablemente necesita una visa del tipo J
¿Qué es una visa J-1?
Una visa J-1 se le otorga a los solicitantes cuya razón primordial de viaje a los Estados Unidos sea el de participar en un Programa de Visitantes de Intercambio.
El Programa de Visitantes de Intercambio se lleva a cabo bajo las provisiones del Acta de Educación Mutua e Intercambio Cultural de 1061, con enmienda. El propósito de esta Acta es el de incrementar el entendimiento mutuo entre las personas de los Estados Unidos y las personas de otros países por medio de intercambios educativos y culturales. Los intercambios educativos y culturales internacionales son los medios más efectivos para el desarrollo de relaciones significativas de larga duración. Proporcionan una invaluable oportunidad para experimentar a los Estados Unidos y nuestra forma de vida. Personas extranjeras vienen a los Estados Unidos para participar en una amplia variedad de programas de intercambio educativos y culturales.
La Oficina de Coordinación y Designación de Intercambio dentro de laOficina de Asuntos Educativos y Culturales administra el Programa de Visitantes de Intercambio. Al concluir cada programa se espera que los participantes retornen a sus países de origen y utilicen de manera provechosa las experiencias y habilidades adquiridas durante su permanencia en los Estados Unidos.
Al llevar al cabo la misión del Programa de Visitantes de Intercambio, el Departamento de Estado designa a entidades tanto públicas como privadas para que actúen como patrocinantes de los intercambios. Organizaciones de patrocinio designados facilitan la entrada a los ciudadanos extranjeros dentro de los Estados Unidos como visitantes de intercambio, para completar el objetivo de una de las categorías del programa de visitantes de intercambio, las cuales son:
- Au Pair (Trabajo/Estudio)
- Consejero de Campamento
- Estudiantes de Preparatoria/Universidad
- Estudiante de Secundaria
- Visitante Gubernamental
- Visitante Internacional (uso reservado para el Departamento de Estado)
- Médico extranjero
- Profesor
- Estudiante de Investigación
- Estudiante a corto término
- Especialista
- Trabajo/Viaje de Verano
- Maestro
- Pasante
Si la razón principal de su viaje es por alguna otra razón no mencionada anteriormente, Consulte la Tabla de Clasificación de Visas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario